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marzo 29, 2024
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Juzgado Garantía mantuvo cautelar de prisión preventiva a suspendido alcalde de la comuna

Fiscal del caso Cordeta, Luis Miranda Flores, indicó en audiencia que los antecedentes expuestos en la formalización de cargos no han variado a la fecha. Por lo que se opuso a la solicitud realizada por la defensa del imputado.

La audiencia se desarrolló en la segunda sala del Juzgado de Garantía de Copiapó.

El Juzgado de Garantía de Copiapó rechazó  la solicitud de cambio de medida cautelar que realizó la defensa del suspendido alcalde de Tierra Amarilla, quien se mantiene en prisión preventiva formalizado por cargos de fraude al fisco y negociación incompatible.

En la audiencia los argumentos con que la defensa sustentó su solicitud dieron cuenta de la actuación irregular de otros imputados en esta causa, entre ellos el administrador municipal en la época en que ocurrieron los hechos indagados, en los que el edil no habría tenido participación ni información de acuerdo a lo manifestado por su abogado. Agregando que las actuales condiciones de salud no permiten al imputado permanecer privado de libertad en la cárcel de la capital regional.

Por su parte, el fiscal que dirige la investigación, Luis Miranda Flores, argumentó que respecto de los antecedentes dados a conocer en la audiencia de formalización, no hay a la fecha cambios importantes que sustenten una modificación en la medida cautelar que actualmente cumple el imputado, razón por la que rechazó la solicitud. Agregando que la investigación ha continuado su curso y ya se cuenta con nuevas versiones de otros imputados en esta indagatoria.

Por su parte, el abogado del Consejo de Defensa del Estado, parte querellante en este caso, insistió en que testimonios de familiares del imputado que están insertos en la carpeta investigativa, dan cuenta del conocimiento que el suspendido alcalde tenía de las acciones de la Corporación Municipal de Fomento al Desarrollo Comunal, Cultural y Productivo (Cordeta) que actualmente se investigan.

Frente a las exposiciones y luego del análisis que el Juez de turno hizo de ella, éste determinó rechazar la solicitud de cambio de medida cautelar, por lo que el imputado se mantendrá bajo prisión preventiva en la cárcel local.

EL CASO

Cabe señalar que el Fiscal Luis Miranda Flores, indaga la constitución en la comuna de Tierra Amarilla de la Cordeta en el año 2016, cuyo directorio estaba encabezado por el alcalde de la época, además de otros dos funcionarios municipales e imputados en estos hechos. La investigación de la Fiscalía, como primer término, indagó el irregular nombramiento de la secretaria ejecutiva de este organismo, cargo en que fue designada la cuarta imputada en este caso y quien es familiar del alcalde. Funcionaria que también fue formalizada en esta investigación.

Paralelamente, desde el municipio de la mencionada comuna se concretó el traspaso de un monto de 250 millones de pesos a la Cordeta, cuyo origen del dinero correspondía al presupuesto anual de dicha municipalidad para ese año.

Según lo detallado por la Fiscalía en la audiencia de formalización, en el mes de marzo del año 2016, la Cordeta firmó un contrato de prestación de servicios con la empresa Likar SpA por un monto de $214 millones por el plazo de diez meses, el cual se refería a servicios de aseo, seguridad y apoyo técnico y soporte informático. Contratación que no se enmarcó al convenio

entre la municipalidad y Cordeta, ya que los aportes traspasados sólo podían tener fines específicos y con beneficios para la comuna, en el ámbito cultural y productivo. Determinándose que el propietario de la empresa, uno de los imputados en esta causa, era un ex funcionario de la municipalidad y ex socio de la Corporación.

El tercer hecho investigado en este caso, está relacionado con que la empresa indagada contrató, a petición del alcalde de la época, a familiares directos, quienes prestaron declaración ante la Brigada de Delitos Económicos de la PDI que apoya la investigación de este caso, manifestando que no firmaron ningún documento contractual y tampoco recibieron liquidaciones de sueldo, mientras que sus pagos eran obtenidos en dinero en efectivo y en sobres cerrados. Empleados de quienes no se ha logrado aún establecer qué tipo de servicios llevaron a cabo.

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